Importante, por si los paran con la moto.
- sebasthian777
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Perdon por tirar otro tema de esto, se que se esta hablando mucho, pero me pico el bicho de "que pasa si alguno no esta al tanto" y que despues la pase mal...
http://www.gob.gba.gov.ar/portal/subsec ... %20224.pdf
Esa es la resolución sobre el tema de los chalecos y casco con el dominio de la moto.
Dejando de lado toda discucion de si esta bien o mal. Quería poner algo objetivo al respecto, como medida de prevencion para los hermanos de 2 ruedas.
Si los paran, la resolucion dice que solo aplican estas medidas para LOS ACOMPAÑANTES... tenganlo en cuenta en caso de que esten viajando solos o con acompañante... que no les exigan mas de lo que corresponde.
Yo por mi parte me la imprim (Son 5 carillas pedorras) y la llevo encima por las dudas...
Y tomen todo con calma, si los paran no se pongan como locos agresivos, llevan las de perder, hablen con calma que asi demuestran que la tienen clara...
http://www.gob.gba.gov.ar/portal/subsec ... %20224.pdf
Esa es la resolución sobre el tema de los chalecos y casco con el dominio de la moto.
Dejando de lado toda discucion de si esta bien o mal. Quería poner algo objetivo al respecto, como medida de prevencion para los hermanos de 2 ruedas.
Si los paran, la resolucion dice que solo aplican estas medidas para LOS ACOMPAÑANTES... tenganlo en cuenta en caso de que esten viajando solos o con acompañante... que no les exigan mas de lo que corresponde.
Yo por mi parte me la imprim (Son 5 carillas pedorras) y la llevo encima por las dudas...
Y tomen todo con calma, si los paran no se pongan como locos agresivos, llevan las de perder, hablen con calma que asi demuestran que la tienen clara...
Re: Importante, por si los paran con la moto.
gracias por el aporte
, al principio es algo confuso hasta que se lee el Art. N1, es bueno tenerlo a mano para discutir con fundamentos.
Opinion propia: a la mierda los chalecos
Opinion propia: a la mierda los chalecos
Re: Importante, por si los paran con la moto.
Sobre la restricción de acompañante:
El vehículo está homologado para dos personas.
Restringir el acompañante viola la libertad de circulación y de disponer de nuestra propiedad según el art. 14 de la constitución nacional.
Sobre chalecos numerados:
Las personas NO son bienes registrables.
La patente corresponde al vehículo, no a la persona.
Nuestra identificación es el DNI.
Viola la presunción de inocencia del art. 75 de la constitución.
Viola el principio de igualdad del art. 16 de la constitución.
Es estigmatizante y discriminatorio.No nos pueden obligar a uniformarnos.
No está regulada la fabricación y entrega de los chalecos numerados, cualquier persona puede hacer un chaleco con cualquier patente, inclusive la mía.
Por lo tanto, cualquiera puede delinquir con mi dominio. Por lo tanto yo sería acusado de un de un delito que no cometí.
Tampoco aporta a la seguridad vial, ya que las motos poseen sus respectivas luces, y la ropa de motociclista tiene material reflectivo.
Sobre cascos numerados:
Los fabricantes de cascos recomiendan enfáticamente no pintarlos ni pegarles nada porque esto afecta al material y esto puede hacer que el casco no nos proteja en caso de accidente.
El casco es un elemento personal. Para que cumpla su función protectora tiene que estar firmemente ajustado a la cabeza, por eso hay diferentes talles. Existen 13 talles diferentes de casco, por lo tanto necesitaríamos 14 cascos por moto (el propio más las 13 opciones para el acompañante).
Sobre la seguridad ciudadana:
Los ladrones utilizan para delinquir motos que previamente nos roban a nosotros, y con esta ley también nos van a robar el chaleco y el casco.
Al momento de “identificar” al ladrón, lo que van a identificar es nuestro dominio, por lo que tendremos que demostrar que no somos los delincuentes, cuando en realidad somos las víctimas.
Sumándole a todo esto que el hecho de estar uniformados hace más fácil a los delincuentes camuflarse y huir impunemente.
ANEXO: artículos comprometidos de la Constitución nacional.
Artículo 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.
Artículo 16.- La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.
Artículo 75.- Corresponde al Congreso:
22. Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes.
Dicho inciso se refiere a: Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, violando sus artículos II, VIII, XXV y XXVI. Como así también la Declaración de los Derechos Humanos, en sus artículos, I, II, VII, IX, XII, XIII y XXX. Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículos I y XXIV. Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, artículos II, V, XII y XXVI.
El vehículo está homologado para dos personas.
Restringir el acompañante viola la libertad de circulación y de disponer de nuestra propiedad según el art. 14 de la constitución nacional.
Sobre chalecos numerados:
Las personas NO son bienes registrables.
La patente corresponde al vehículo, no a la persona.
Nuestra identificación es el DNI.
Viola la presunción de inocencia del art. 75 de la constitución.
Viola el principio de igualdad del art. 16 de la constitución.
Es estigmatizante y discriminatorio.No nos pueden obligar a uniformarnos.
No está regulada la fabricación y entrega de los chalecos numerados, cualquier persona puede hacer un chaleco con cualquier patente, inclusive la mía.
Por lo tanto, cualquiera puede delinquir con mi dominio. Por lo tanto yo sería acusado de un de un delito que no cometí.
Tampoco aporta a la seguridad vial, ya que las motos poseen sus respectivas luces, y la ropa de motociclista tiene material reflectivo.
Sobre cascos numerados:
Los fabricantes de cascos recomiendan enfáticamente no pintarlos ni pegarles nada porque esto afecta al material y esto puede hacer que el casco no nos proteja en caso de accidente.
El casco es un elemento personal. Para que cumpla su función protectora tiene que estar firmemente ajustado a la cabeza, por eso hay diferentes talles. Existen 13 talles diferentes de casco, por lo tanto necesitaríamos 14 cascos por moto (el propio más las 13 opciones para el acompañante).
Sobre la seguridad ciudadana:
Los ladrones utilizan para delinquir motos que previamente nos roban a nosotros, y con esta ley también nos van a robar el chaleco y el casco.
Al momento de “identificar” al ladrón, lo que van a identificar es nuestro dominio, por lo que tendremos que demostrar que no somos los delincuentes, cuando en realidad somos las víctimas.
Sumándole a todo esto que el hecho de estar uniformados hace más fácil a los delincuentes camuflarse y huir impunemente.
ANEXO: artículos comprometidos de la Constitución nacional.
Artículo 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.
Artículo 16.- La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.
Artículo 75.- Corresponde al Congreso:
22. Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes.
Dicho inciso se refiere a: Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, violando sus artículos II, VIII, XXV y XXVI. Como así también la Declaración de los Derechos Humanos, en sus artículos, I, II, VII, IX, XII, XIII y XXX. Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículos I y XXIV. Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, artículos II, V, XII y XXVI.
Nano (GN 125 Lover)
Re: Importante, por si los paran con la moto.
muy buenos datos por ende lo q vos pones quieres decir q hicieron una ley q contradice otra...entonces?? como queda esto??
Re: Importante, por si los paran con la moto.
Es una Resolucion Provincial. Mucho menos que una Ley y aun menos que la Constitucion. Es altamente probable que sea interpretada como anticonstitucional. Deberian presentarse acciones de amparo. Alguna de las asociaciones de moteros o el sindicato de fleteros deberia hacerlo. Tienen estructura para ello.mechas escribió:muy buenos datos por ende lo q vos pones quieres decir q hicieron una ley q contradice otra...entonces?? como queda esto??
Saludos!
Ariel
Ponele que casi compro un carburador nuevo y despues dije: Naa...le cambio el diafragma...
Re: Importante, por si los paran con la moto.
Ayer me enteré de algo. Si les hacen firmar una multa, abajo pongan "DISCONFORME POR INTENTO DE COHECHO", me aseguraron que esa multa nunca va a seguir su camino, les causa más problemas a ellos que a nosotros...
- sebasthian777
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- Registrado:02 Feb 2014 19:32
Re: Importante, por si los paran con la moto.
Borromeo escribió:Ayer me enteré de algo. Si les hacen firmar una multa, abajo pongan "DISCONFORME POR INTENTO DE COHECHO", me aseguraron que esa multa nunca va a seguir su camino, les causa más problemas a ellos que a nosotros...
Che, para... eos no es peligroso?
AJJAJA estas diciendo que te pidieron una coima, pero no la aceptaste...
A mi me daria miedo firmar con eso... lo lee el que te dio a firmar y como que te va a querer morfar crudo JAJAJAJAJA
Re: Importante, por si los paran con la moto.
Si pones eso y no es cierto, el problema es para vos ya que el agente te puede denunciar por falsa denuncia.Borromeo escribió:Ayer me enteré de algo. Si les hacen firmar una multa, abajo pongan "DISCONFORME POR INTENTO DE COHECHO", me aseguraron que esa multa nunca va a seguir su camino, les causa más problemas a ellos que a nosotros...
Cuidado. La cana no es boluda.
Ariel
Ponele que casi compro un carburador nuevo y despues dije: Naa...le cambio el diafragma...
