MI EXPERIENCIA EN MOTOROMA
Hola que tal muchachos soy nuevo en este foro ya que me gusta saber lo que tengo y cuidarlo adecuadamente, por eso me uni ya que por suerte hoy tengo mi GN 125 lista para usar . Volviendo al titulo la verdad que si pagas taca taca te atienden rápido por lo menos, muy mala la atención, me la vendieron y me pusieron el tapón del aceite roto y la luz de giro no funciona bien, (de la emoción me di cuenta cuando llegue a mi casa y como no tengo patente no voy a arriesgarme a ir sin patente ) ademas lo de la patente la gestora te atiende para el orto y se quejan de que le pagas para que te hagan el tramite incluso me llego a preguntar xq no hice yo el tramite (Forra tengo ganas de pagarle al mulo mas mulo a que me haga los tramites para que mierda te pago) perdón por los insultos pero no puedo evitarlo, te cobran mas de 2500 el patentamiento, sino los papeles 1000 , si sabia lo hacia yo el tramite,hubiese tenido mi patente antes, tarda 48hs en el registro y gastas de 800 a 900 pesos, total 1900 y esta en 48 hs en motoroma 2760 y del 7 de agosto a hoy 25 es demasiado.
ni bien tenga tiempo iré a cambiar el tapon ya que soy de varela (y motoroma queda en liniers 70km) todo por ahorrar unos mangos .
espero les sirva mi experiencia saludos
ni bien tenga tiempo iré a cambiar el tapon ya que soy de varela (y motoroma queda en liniers 70km) todo por ahorrar unos mangos .
espero les sirva mi experiencia saludos
Re: MI EXPERIENCIA EN MOTOROMA
Buenas
Hablando mal y pronto. TIRALE LA MOTO POR LA CABEZA y que te la devuelvan como debe, y no te deberían cobrar nada porque eso es un mal armado responsabilidad de Motoroma.
Mira yo compre en urquiza moto y a la semana me di cuenta que la perilla que resetea el cuenta kilometro estaba rota, fui a urquizamotos y me cambiaron todo el velocimetro gratis, sin ningun problemas.

Hablando mal y pronto. TIRALE LA MOTO POR LA CABEZA y que te la devuelvan como debe, y no te deberían cobrar nada porque eso es un mal armado responsabilidad de Motoroma.
Mira yo compre en urquiza moto y a la semana me di cuenta que la perilla que resetea el cuenta kilometro estaba rota, fui a urquizamotos y me cambiaron todo el velocimetro gratis, sin ningun problemas.
No me duelen los actos de la gente mala, me duele la indiferencia de la gente buena.
M. L. K.
M. L. K.
Re: MI EXPERIENCIA EN MOTOROMA
..que raro yo no compre ahi de casualidad.. me convencio mas urquiza motos.. pero tenia entendido que sin patente no podes circular.. como te la dejaron llevar?..en urquiza me cobraron lo que quisieron los formularios pero fueron muy claros..vas al registro y cuando tengas la patente volves a buscarla..yo creo deberias pedir algun regalito por las molestias

..nadie escoge su amor, nadie el momento, ni el sitio, ni la edad, ni la persona..pero si la moto ja!
Re: MI EXPERIENCIA EN MOTOROMA
Bienvenido, allerel!
Y si, es mucho tiempo ese, a mi antes de la semana me llamaron para que pase a buscar la patente cuando compre (en otro lado)
Laurenca, te la dejan llevar, yo fui a comprar y a las dos hs me fui con la moto. Te dan un papel de que está en tramite el patentamiento, sería como para llevarla a tu casa y ya (aunque a mi no me dijeron eso, era como anda tranca y ya) pero yo creo que es así como decís, no sirve de nada. No es legal circular sin la patente. Pero que la podés sacar así de varias concesionarias, podés.
Y moto roma bueno, creo que si alguno compra aun ahí es porque no averigua antes, el que se toma el trabajo de buscar referencias compra en otro lado. Por eso sirve compartir estas experiencias, para prevenir a los demás.
Suerte con eso, allerel!
Y si, es mucho tiempo ese, a mi antes de la semana me llamaron para que pase a buscar la patente cuando compre (en otro lado)
Laurenca, te la dejan llevar, yo fui a comprar y a las dos hs me fui con la moto. Te dan un papel de que está en tramite el patentamiento, sería como para llevarla a tu casa y ya (aunque a mi no me dijeron eso, era como anda tranca y ya) pero yo creo que es así como decís, no sirve de nada. No es legal circular sin la patente. Pero que la podés sacar así de varias concesionarias, podés.
Y moto roma bueno, creo que si alguno compra aun ahí es porque no averigua antes, el que se toma el trabajo de buscar referencias compra en otro lado. Por eso sirve compartir estas experiencias, para prevenir a los demás.
Suerte con eso, allerel!
Re: MI EXPERIENCIA EN MOTOROMA
Hay tanto ruido pero tanto ruido de parte de las concesionarias a nosotros.
Escuche decir en Suzuki Don torcuato que le entregaban el papelito de Transferencia en tramite y la mina le decia al muchacho que esto te sirve para rodarrrr
. Ese papelito, es como dijo nucky, para llevarla desde la concesionaria hasta tu casa y dejarla parada hasta tener los documentos correspondiente para circular.
Ahhh y a mi me tardo 24hs el patentamiento, o sea que en 48hs despues de comprada la moto la podia retirarrrr
Lo mas ironico es que estas sabandijas de gestores te cobran el viatico del traslado al registro, pero esperan de juntar a varios clientes y hacen todo de una, cagandose en los que optan por que la concesionaria patente su moto
Escuche decir en Suzuki Don torcuato que le entregaban el papelito de Transferencia en tramite y la mina le decia al muchacho que esto te sirve para rodarrrr
Ahhh y a mi me tardo 24hs el patentamiento, o sea que en 48hs despues de comprada la moto la podia retirarrrr
Lo mas ironico es que estas sabandijas de gestores te cobran el viatico del traslado al registro, pero esperan de juntar a varios clientes y hacen todo de una, cagandose en los que optan por que la concesionaria patente su moto
No me duelen los actos de la gente mala, me duele la indiferencia de la gente buena.
M. L. K.
M. L. K.
Re: MI EXPERIENCIA EN MOTOROMA
jajajaj ese papelito..igual la nena ya esta con mamita...esperando sacar registro para rodar tranquila.. salutes
..nadie escoge su amor, nadie el momento, ni el sitio, ni la edad, ni la persona..pero si la moto ja!
Re: MI EXPERIENCIA EN MOTOROMA
Cuando compré la EN me dieron ese papelito, me servía para circular por una semana solamente, igual la patente me la entregaron en 15 días.andpa1982 escribió: Escuche decir en Suzuki Don torcuato que le entregaban el papelito de Transferencia en tramite y la mina le decia al muchacho que esto te sirve para rodarrrr. Ese papelito, es como dijo nucky, para llevarla desde la concesionaria hasta tu casa y dejarla parada hasta tener los documentos correspondiente para circular.
A veces pienso que Dios creando al hombre sobrestimó un poco su habilidad.
Re: MI EXPERIENCIA EN MOTOROMA
ARTICULO 40. — REQUISITOS PARA CIRCULAR. Para poder circular con automotor es indispensable:
a) Que su conductor esté habilitado para conducir ese tipo de vehículo y que lleve consigo la licencia correspondiente;
b) Que porte la cédula, de identificación del mismo; (Expresión "vencida o no, o documento" vetada por art. 8° del Decreto N° 179/1995 B.O. 10/02/1995)
c) Que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68;
d) Que el vehículo, incluyendo acoplados y semirremolques tenga colocadas las placas de identificación de dominio, con las características y en los lugares que establece la reglamentación. Las mismas deben ser legibles de tipos normalizados y sin aditamentos;
e) Que, tratándose de un vehículo del servicio de transporte o maquinaria especial, cumpla las condiciones requeridas para cada tipo de vehículo y su conductor porte la documentación especial prevista sólo en la presente ley;
f) Que posea matafuego y balizas portátiles normalizados, excepto las motocicletas;
g) Que el número de ocupantes guarde relación con la capacidad para la que fue construido y no estorben al conductor. Los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero;
h) Que el vehículo y lo que transporta tenga las dimensiones, peso y potencia adecuados a la vía transitada y a las restricciones establecidas por la autoridad competente, para determinados sectores del camino;
i) Que posea los sistemas de seguridad originales en buen estado de funcionamiento, so riesgo de aplicación del artículo 72 inciso c) punto 1;
j) Que tratándose de una motocicleta, sus ocupantes lleven puestos cascos normalizados, y si la misma no tiene parabrisas, su conductor use anteojos;
k) Que sus ocupantes usen los correajes de seguridad en los vehículos que por reglamentación deben poseerlos.
La Ley es clara no habla del papelito, por lo cual si un Policía o Prefecto los para van a tener problema. Mejor Prevenir que curar.

a) Que su conductor esté habilitado para conducir ese tipo de vehículo y que lleve consigo la licencia correspondiente;
b) Que porte la cédula, de identificación del mismo; (Expresión "vencida o no, o documento" vetada por art. 8° del Decreto N° 179/1995 B.O. 10/02/1995)
c) Que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68;
d) Que el vehículo, incluyendo acoplados y semirremolques tenga colocadas las placas de identificación de dominio, con las características y en los lugares que establece la reglamentación. Las mismas deben ser legibles de tipos normalizados y sin aditamentos;
e) Que, tratándose de un vehículo del servicio de transporte o maquinaria especial, cumpla las condiciones requeridas para cada tipo de vehículo y su conductor porte la documentación especial prevista sólo en la presente ley;
f) Que posea matafuego y balizas portátiles normalizados, excepto las motocicletas;
g) Que el número de ocupantes guarde relación con la capacidad para la que fue construido y no estorben al conductor. Los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero;
h) Que el vehículo y lo que transporta tenga las dimensiones, peso y potencia adecuados a la vía transitada y a las restricciones establecidas por la autoridad competente, para determinados sectores del camino;
i) Que posea los sistemas de seguridad originales en buen estado de funcionamiento, so riesgo de aplicación del artículo 72 inciso c) punto 1;
j) Que tratándose de una motocicleta, sus ocupantes lleven puestos cascos normalizados, y si la misma no tiene parabrisas, su conductor use anteojos;
k) Que sus ocupantes usen los correajes de seguridad en los vehículos que por reglamentación deben poseerlos.
La Ley es clara no habla del papelito, por lo cual si un Policía o Prefecto los para van a tener problema. Mejor Prevenir que curar.
No me duelen los actos de la gente mala, me duele la indiferencia de la gente buena.
M. L. K.
M. L. K.
Re: MI EXPERIENCIA EN MOTOROMA
andpa1982 escribió:ARTICULO 40. — REQUISITOS PARA CIRCULAR. Para poder circular con automotor es indispensable:
a) Que su conductor esté habilitado para conducir ese tipo de vehículo y que lleve consigo la licencia correspondiente;
b) Que porte la cédula, de identificación del mismo; (Expresión "vencida o no, o documento" vetada por art. 8° del Decreto N° 179/1995 B.O. 10/02/1995)
c) Que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68;
d) Que el vehículo, incluyendo acoplados y semirremolques tenga colocadas las placas de identificación de dominio, con las características y en los lugares que establece la reglamentación. Las mismas deben ser legibles de tipos normalizados y sin aditamentos;
e) Que, tratándose de un vehículo del servicio de transporte o maquinaria especial, cumpla las condiciones requeridas para cada tipo de vehículo y su conductor porte la documentación especial prevista sólo en la presente ley;
f) Que posea matafuego y balizas portátiles normalizados, excepto las motocicletas;
g) Que el número de ocupantes guarde relación con la capacidad para la que fue construido y no estorben al conductor. Los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero;
h) Que el vehículo y lo que transporta tenga las dimensiones, peso y potencia adecuados a la vía transitada y a las restricciones establecidas por la autoridad competente, para determinados sectores del camino;
i) Que posea los sistemas de seguridad originales en buen estado de funcionamiento, so riesgo de aplicación del artículo 72 inciso c) punto 1;
j) Que tratándose de una motocicleta, sus ocupantes lleven puestos cascos normalizados, y si la misma no tiene parabrisas, su conductor use anteojos;
k) Que sus ocupantes usen los correajes de seguridad en los vehículos que por reglamentación deben poseerlos.
La Ley es clara no habla del papelito, por lo cual si un Policía o Prefecto los para van a tener problema. Mejor Prevenir que curar.![]()
Esto es totalmente cierto , cuando saque las 0km siempre me dijeron lo mismo todas las agencias . Ahora con la ultima , la EN , al sacarla me dan el "papelito" y les digo , por la confianza que nos tenemos con esta gente , "sirve esto , o no ?" y me dicen , mira teoricamente si , pero en la practica no!
Asi que aguanta un par de dias , lustrala , mirala , ponela en marcha y no la saques a la calle . En dos dias tuve placa , cedula etc.
El que calla no siempre otorga , a veces no tiene ganas de discutir con idiotas
- Charly Sólo
- Mensajes:4812
- Registrado:18 Ago 2014 17:47
- Ubicación:Villa Sarmiento - Haedo - Bs. As.
Re: MI EXPERIENCIA EN MOTOROMA
Esto es de septiembre del 2014.
Dale, che!
Y, Laura!? Cuándo vas a rendís!?Charly Sólo escribió:..."Agrego algo más: De las concesionarias, leí por acá, te llevas la moto sin "registrar" (alta de RNPA y patente) y después van a buscar los papeles. Te dan, no se que documentación hecha por ellos. Eso no sirve para circular!!!!!! Si tenés un accidente o te agarra algún control... alpiste!"...
Dale, che!
“Yo llevo en mis oídos la más maravillosa música que, para mí, es el sonido del MotoGP x 3.”

