Es obligatorio usr el chaleco y la patente en elcasco?

Charlas generales sobre la GN.
luis
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Re: Es obligatorio usr el chaleco y la patente en elcasco?

Mensaje por luis » 18 Abr 2014 10:45

en pocas palabras son una manga de P E L O T U D O S S S S S S S S S S S nuestros políticos

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cnv666
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Re: Es obligatorio usr el chaleco y la patente en elcasco?

Mensaje por cnv666 » 18 Abr 2014 10:49

En la sección Prensa de la web de la Provincia de BsAs solo habla de obligatoriedad de casco y chaleco con patente para el acompañante:

http://www.gob.gba.gov.ar/portal/prensa ... icia=30768 Publicado 15/04

"El Jefe de Gabinete de la provincia de Buenos aires, Alberto Pérez, anunció que la provincia se reunirá mañana con representantes de la Federación Argentina de Municipios para coordinar la puesta en marcha de la resolución que determina la obligatoriedad para los acompañantes de las motos del uso de cascos y chalecos reflectantes con el dominio impreso"

http://www.gob.gba.gov.ar/portal/prensa ... icia=30761 Publicado 14/04

"El gobierno de Daniel Scioli puso en marcha la resolución 224/14 que determina la obligatoriedad para los acompañantes del uso de cascos y chalecos reflectantes con el dominio del motovehículo impreso. La omisión será considerada como falta grave por las autoridades que podrán retener el vehículo y la licencia de quien no cumpla con la resolución."


¿De donde sale la info que dice ser obligatorio también para el conductor?
Charly de San Vicente

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Diego
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Re: Es obligatorio usr el chaleco y la patente en elcasco?

Mensaje por Diego » 18 Abr 2014 11:00

:xd_cry:
A los chorros les van a secuestrar la moto robada y ni licencia deben tener. Y al otro dia salen a robar otra moto :rolleyes3d:
La inoperancia y estupides de estas resoluciones no tienen limite. Pero aumentaran las recaudaciones con nosotros, los pelotudos de siempre :metal:

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nanoguti
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Re: Es obligatorio usr el chaleco y la patente en elcasco?

Mensaje por nanoguti » 18 Abr 2014 13:41

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Nano (GN 125 Lover)

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rxg3
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Re: Es obligatorio usr el chaleco y la patente en elcasco?

Mensaje por rxg3 » 18 Abr 2014 15:32

timoteo escribió:fijate que aqui en ezeiza la normativa adhiere a la ley provincial, pero tiene su reglamento propio, aqui no podes andar con acompañante directamente, solo podes llevar chicos hasta 12 años, eso es por la gente que lleva los pibes a la escuela.
pero ademas no podes andar ni aun solo sin el chaleco y la patente en el casco, tampoco no se puede circular en moto de ninguna forma a menos de 150 mts de cajeros ,bancos o zona comercial en los horarios de 6 a 18hs o serà falta grave y te sacan la moto, esto es decirte que directamente no andes en moto, si yo quiero ir al cajero en moto no puedo.
es una medida que demuestra la total incapacidad para afrontar el problema y solo intentan demostrar que estan haciendo algo por la seguridad, total?, nosotros somos pocos y no vamos a cambiar el resultado de las elecciones, la verdad que si alguna institucion no hace nada para parar este atropello, mas adelante iran por mas derechos quitados, hay que solicitar un recurso de amparo o algo asi, esto es una cagada en cuatro tiempos y algo antidemocratico, nunca habia visto semejante abuso al ciudadano, pero tarde o temprano todo esto se paga y el poder no dura para toda la vida, la verdad que se pueden ir todos a la concha de su madre, manga de inutiles !!! :fuck: :fuck: :fuck: :fuck: :fuck: :fuck: :metal: :metal:
Mas quilombo todavia !!! no es que esta prohibido llevar menores de esa edad :questioned: :questioned: :questioned: :questioned: :questioned: :questioned: :questioned:
El que calla no siempre otorga , a veces no tiene ganas de discutir con idiotas

luispodes
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Re: Es obligatorio usr el chaleco y la patente en elcasco?

Mensaje por luispodes » 18 Abr 2014 19:13

necolo escribió:Lo que no termino entendiendo, el conductor va a tener que llevar chaleco y patente en el casco?? Según lo que leo es solo para los que trabajan en la moto... Soy de San Fernando también

Por otra parte, alguna idea de chalecos caseros o donde comprar baratos??

No es clara la ley, que cambia según el municipio o quien te frena, es una locura....
si compras un chaleco berreta supongo que te va a durar poco y ademas pareces un repartidor de pizza.como me la venia venir compre uno muy bueno que es como una campera sin mangas,con cierre adelante y regulaciones en los costados,muy fachero pero me costo 400 mangos,ahora con este lio supongo que valdra bastante mas-

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pablofar77
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Re: Es obligatorio usr el chaleco y la patente en elcasco?

Mensaje por pablofar77 » 20 Abr 2014 08:03

rxg3 escribió:
timoteo escribió:fijate que aqui en ezeiza la normativa adhiere a la ley provincial, pero tiene su reglamento propio, aqui no podes andar con acompañante directamente, solo podes llevar chicos hasta 12 años, eso es por la gente que lleva los pibes a la escuela.
pero ademas no podes andar ni aun solo sin el chaleco y la patente en el casco, tampoco no se puede circular en moto de ninguna forma a menos de 150 mts de cajeros ,bancos o zona comercial en los horarios de 6 a 18hs o serà falta grave y te sacan la moto, esto es decirte que directamente no andes en moto, si yo quiero ir al cajero en moto no puedo.
es una medida que demuestra la total incapacidad para afrontar el problema y solo intentan demostrar que estan haciendo algo por la seguridad, total?, nosotros somos pocos y no vamos a cambiar el resultado de las elecciones, la verdad que si alguna institucion no hace nada para parar este atropello, mas adelante iran por mas derechos quitados, hay que solicitar un recurso de amparo o algo asi, esto es una cagada en cuatro tiempos y algo antidemocratico, nunca habia visto semejante abuso al ciudadano, pero tarde o temprano todo esto se paga y el poder no dura para toda la vida, la verdad que se pueden ir todos a la concha de su madre, manga de inutiles !!! :fuck: :fuck: :fuck: :fuck: :fuck: :fuck: :metal: :metal:
Mas quilombo todavia !!! no es que esta prohibido llevar menores de esa edad :questioned: :questioned: :questioned: :questioned: :questioned: :questioned: :questioned:

hsata los 16 no pueden subir chicos a la moto.....esto es una ley que no tiene pie ni cabeza... relax.. :fuck: :fuck:
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PAOLO OMMMMM! RECARGADO.......

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ArielMax
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Re: Es obligatorio usr el chaleco y la patente en elcasco?

Mensaje por ArielMax » 20 Abr 2014 10:26

No se si alguien lo posteo. Pongo el link

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... 4-224.html

Y de paso pego el texto por si el link se borra o whatever.

Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución Nº 224/14
La Plata, 8 de abril de 2014.

VISTO el expediente Nº 2200-13808/14, la Ley N° 13.927, el Decreto Reglamentario N° 532/09, el Decreto Nº 220/14, la Resolución del N° 1.187/09, y

CONSIDERANDO:

Que en materia de tránsito y transporte en la Provincia de Buenos Aires rige la Ley N° 13.927;

Que el artículo 48 de la norma legal referida establece que “los conductores y acompañantes de motocicletas, ciclomotores y triciclos motorizados deberán circular con casco reglamentario y chaleco reflectante, los cuales tendrán impreso, en forma legible, el dominio del vehículo que conducen” y que “su incumplimiento será considerado falta grave”;

Que en tal sentido, a través del Decreto Nº 532/09, se han estipulado las pautas reglamentarias para la aplicación del Código de Transito previamente mencionado, otorgando a este Ministerio la facultad para regular las previsiones del artículo transcripto;
Que en torno a la emergencia declarada el día 4 de abril del corriente, en materia de seguridad pública a través del Decreto Nº 220/14, se facultó a los Municipios a adoptar en sus respectivas jurisdicciones mayores restricciones a las determinadas por el Artículo 14, inciso g.3.2, Anexo III del Decreto Nº 532/09, fijando horarios y zonas de circulación según las particularidades de cada región;

Que sobre la base de esos lineamientos, se determinó que el Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros establecerá las condiciones técnicas para la instrumentación del uso obligatorio para acompañantes de motovehículos de chaleco reflectante y del caso reglamentario con el dominio del vehículo impreso;

Que inicialmente, y en virtud de la facultad conferida, la mencionada cartera ministerial elaboró una estrategia de implementación progresiva de utilización de casco reglamentario y chaleco reflectante, dictando como consecuencia la Resolución Nº 1.187/09;

Que a través de la misma se estableció la obligatoriedad del uso del chaleco reflectante para los conductores y acompañantes de motovehículos dedicados a actividades de “Mensajerías” y/o “Delivery”, teniendo en cuenta la mayor exposición a los siniestros en consideración al ámbito laboral en que desempeñan sus tareas;

Que en esta oportunidad y como segunda etapa de la citada estrategia de aplicación, deviene necesario regular las obligaciones de los acompañantes de motovehículos;
Que, en tal sentido, se establecen las características técnicas del chaleco reflectante y del casco reglamentario que deben utilizar los referidos sujetos;
Que, de ese modo, el uso del chaleco reflectante procurará una mejor identificación, tanto de día como en horas de la noche, brindando mayor seguridad;
Que asimismo, el casco reglamentario contribuirá a disminuir la gravedad de las lesiones y el índice de mortandad en accidentes de tránsito;
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 532/09;
Por ello,
EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Establecer el uso obligatorio para acompañantes de motovehículos del chaleco reflectante y del casco reglamentario con el dominio del vehículo impreso, los que se ajustarán a las características técnicas estipuladas en el ANEXO ÚNICO que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°. La autoridad de comprobación controlará y verificará que el acompañante cumpla con lo señalado en la presente Resolución. Su omisión será considerada falta grave en los términos de la Ley Nº 13.927 y Decreto Nº 532/09, debiendo aplicarse la retención preventiva del vehículo y de la licencia de conducir del conductor.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Alberto Pérez
Ministro de Jefatura de
Gabinete de Ministros
ANEXO ÚNICO
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
A. CASCO REGLAMENTARIO
A.1. Por casco reglamentario se entenderá todo elemento de protección individual que cubra, al menos la parte superior de la cabeza en forma íntegra y continua. El casco debe tener las condiciones mínimas de seguridad establecidas por la norma IRAM-AITA 3621 y llevará adherido en letras y números reflectantes, la identificación de dominio del motovehículo, sin que coincida con el color de fondo del casco.
A.2. La dimensión mínima de cada letra y número será de tres centímetros (3 cm.) de alto, dos centímetros (2 cm.) de ancho y el ancho interno de cada letra y número de medio centímetro (0.5 cm.).
A.3. La identificación dominial será adherida en los laterales derecho e izquierdo del casco reglamentario de conformidad con las características técnicas establecidas en A.2.
B. CHALECO REFLECTARIO
B.1. El color del fondo del chaleco será amarillo puro, amarillo arena o amarillo naranja y tendrá por lo menos dos bandas blancas reflectantes horizontales en la parte superior anterior y posterior de cinco centímetros (5 cm.) de ancho y con una separación entre ellas de catorce centímetros (14 cm.). En medio de las bandas reflectantes llevará impreso en letras y números blancos reflectantes, el número de dominio del vehículo.
B.2. La dimensión mínima de cada letra y número será de diez centímetros (10 cm.) de alto, seis centímetros (6 cm.) de ancho y el ancho interno de cada letra y número de un centímetro y medio (1.5 cm.).
B.3. Su tamaño deberá ser como mínimo de sesenta centímetros (60 cm.) de largo y treinta y cinco centímetros (35 cm.) de ancho.
B.4. Las bandas reflectantes deberán tener como mínimo una retroreflectividad de trescientos treinta candelas lux por metro cuadrado (330 cd/lx m2).
B.5. En caso de no usar chaleco reflectante, el acompañante deberá vestir prenda con bandas reflectantes o material combinado, que presente las propiedades técnicas de reflectividad y fluorescencia descriptas en los puntos B.1., B.2. y B.4, además de llevar adherida o impresa en forma legible el dominio del vehículo, que conduce tal como se encuentra establecido en el punto B.1.
B.6. Cualquier elemento que el acompañante vista sobre el chaleco, que impida parcial o totalmente su visibilidad, deberá contar mínimamente con una banda de material combinado de cinco centímetros (5 cm.) o dos bandas de tres centímetros (3 cm.) de ancho, con las propiedades técnicas, de reflectividad y fluorescencia descriptas en los puntos B.1., B.2. y B.4, además de llevar adherida o impresa en forma legible el dominio del vehículo que ocupa, tal como se encuentra establecido en el punto B.1.
B.7. En caso que el vehículo posea algún elemento fijo o semi-fijo, que impida parcial o totalmente la visualización de la parte posterior del acompañante, el mismo deberá contar mínimamente con una banda de material reflectante y/o combinado de cinco centímetros (5 cm.) o dos bandas de tres centímetros (3 cm.) de ancho, con las propiedades técnicas, de reflectividad y fluorescencia descriptas en los puntos B.1., B.2. y B.4, que abarquen el ancho de la parte posterior y sus laterales.
B.8. Podrá utilizarse de forma supletoria lo establecido en la Norma IRAM 3859, en cuanto a las condiciones técnicas mínimas referentes al chaleco reflectante, de no optar por utilizarse las estipuladas; no obstante ello, deberá llevarse adherido o impreso en forma legible el dominio del vehículo que conduce, tal como se encuentra establecido en el punto B.1.

C.C. 3.710
Ponele que casi compro un carburador nuevo y despues dije: Naa...le cambio el diafragma...

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LADYLLON
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Re: Es obligatorio usr el chaleco y la patente en elcasco?

Mensaje por LADYLLON » 20 Abr 2014 15:34

Queria comentar 1 cosa, yo no ando en Catamaran, Avion o BMW

El otro dia nos colgamos en un asado y falto PAN, fuimos a comprar 2 tremendas bolsas, lleve acompañante para que me ayude, siempre ando solo, ¿habra que andar con 2 cascos y el chaleco permanente en una mochila, o tendrian que exijir a las fabricas de motocicletas que incorporen un baul o algo asi, a parte del mini porta herramientas que trae ?

No quiero maldecir... si, que me pesco, vivo en la loma del toor y aca no se implementa, pero les aseguro que en mi pueblo en cualquier momento cae un paracaidista del norte, acomodado politicamente y sonamos, ademas si viajo al norte querria estar al tanto de cualquier estupido control, por suerte tengo luces de giro para pasar a Chile, en fin, redundancias legales. Slds.

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nanoguti
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Re: Es obligatorio usr el chaleco y la patente en elcasco?

Mensaje por nanoguti » 20 Abr 2014 18:36

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